EL DERECHO DE REBELIÓN EN LA CONSTITUCIÓN
Alberto Vargas Peña (miembro de la Fundación Libertad) http://members.tripod.com/paraguayahora/c040400.htm El derecho de rebelión ha sido reivindicado desde los albores de la historia. Se trata de la facultad de resistir a la autoridad imperante, cuando esta deja de ser "legítima" o cuando sobrepasa los límites impuestos por el sistema mediante el cual ejerce su imperio. En la legislación paraguaya tiene antecedentes en el Acta de la Independencia, del 15 de Mayo de 1811, donde los Próceres reclaman tal derecho en atención a que el gobierno de la entonces Provincia sería entregado a una potencia extranjera que no lo había defendido. Se refiere a la intención del gobernador Velazco de entregar la Provincia del Paraguay al Imperio de Portugal. En la Constitución de 1870, la primera digna de ese nombre, en su artículo 13 condena la "dictadura" y la califica como "infame traición a la Patria", pero no establece ningún derecho especial para los ciudadanos que s